POTESTAD SANCIONADORA ADMINISTRACION MATERIA TRAFICO 2/E

POTESTAD SANCIONADORA ADMINISTRACION MATERIA TRAFICO 2/E

MUÑOZ MEDINA, MIGUEL MARIA

55,00 €
IVA incluido
Sin stock. Consulte disponibilidad.
Editorial:
CONSTITUCION Y LEYES COLEX EDITORIAL
Año de edición:
2012
ISBN:
978-84-8342-328-8
Encuadernación:
No especificado
Colección:
SIN COLECCION
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Miguel Muñoz Medina, en su extraordinario trabajo, proyecta, junto a un meritorio rigor intelectual y académico, el resultado de una rica experiencia acumulada durante su responsabilidad como Director General de Tráfico y como presidente de la Fundación Mapfre de seguridad vial. Es un convencido defensor del Estado de Derecho y de los derechos y libertades individuales recogidos en nuestra Constitución
No es contrario a la intervención administrativa, ni a la existencia de procedimientos administrativos sancionadores, distintos del procedimiento penal. Pero como defensor irreductible de las garantías constitucionales combate toda conducta transgresora de las mismas y se opone a un procedimiento sancionador que las vulnere, limite o condicione, directa o indirectamente.

En éste claro posicionamiento garantista, atribuye al Estado y a la sociedad civil el papel y la exigencia de colaborar y de anticiparse para tratar de prevenir los trágicos resultados de una política meramente represora e intimidatoria, lo que califica como “…necesidad de la interacción de esfuerzos por parte de la Administración y de la sociedad civil”, por cuanto que “la prestación de servicios debe hacerse con criterios proactivos de anticipación…no esperando a que la sociedad civil plantee su demanda…”.

Es un convencido y claro defensor del carácter rehabilitador y preventivo del régimen sancionador, y por tanto, enemigo reconocido de las medidas intimidatorias y recaudatorias, que con frecuencia suelen acompañar a las que se suelen adoptar en relación con la seguridad vial. Así, al defender el principio de la personalidad de la autoria de la infracción y de la sanción, analiza con espíritu crítico la figura del titular del vehículo como posible infractor “por no identificación del conductor presuntamente infractor”, figura novedosa y sin precedentes en nuestro Derecho, anunciando, como proclama inicial en tan novedoso asunto, su preocupación por que se sancione a persona distinta de la infractora (responsabilidades subsidiaria y solidaria).

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